Serie Paquete 2027 · Lo que cambia para su empresa

Fin del régimen opcional para grupos de sociedades: el ISR diferido se paga en 2027

Desintegrarse no es liquidarse ni fusionarse.

Publicado el 24 de septiembre de 2026 · Teresa Smythe, L.C.P.

Iniciativa de reforma a la Ley del ISR, Paquete Económico 2027: derogación del Capítulo VI del Título II (artículos 59 a 71) y disposiciones transitorias.

Hacienda propone borrar el capítulo de la Ley del ISR que permite a los grupos empresariales diferir impuesto hasta tres ejercicios.

Esta mañana el tema fue la fecha de corte para fusiones y escisiones. Ahora es un régimen entero que desaparecería: el opcional para grupos de sociedades.

El régimen vigente está en el Capítulo VI del Título II de la Ley del ISR, artículos 59 a 71. Permite a una sociedad integradora diferir parte del ISR de las empresas que integra, siempre que posea más del ochenta por ciento de las acciones con voto de cada una, directa o indirectamente.

No existe una sola declaración para todo el grupo. Cada sociedad determina su propio impuesto y lleva sus controles individuales. Lo que se difiere es una parte del pago, no la obligación.

La iniciativa deroga por completo ese capítulo. Los grupos que tributen bajo este esquema al treinta y uno de diciembre de dos mil veintiséis deberán desintegrarse el primero de enero de dos mil veintisiete.

Desintegrarse no es liquidarse ni fusionarse. Cada sociedad sigue existiendo; lo que termina es el tratamiento fiscal especial.

El ISR diferido no se cancela: se paga actualizado desde el mes en que se habría pagado sin el régimen. La parte del tercer ejercicio inmediato anterior vence el treinta y uno de marzo de dos mil veintisiete. El resto, incluido lo diferido durante este año, vence el treinta y uno de diciembre de dos mil veintisiete.

No es un impuesto nuevo. En la exposición de motivos Hacienda sostiene que, tras trece años de vigencia, el régimen ya cumplió la finalidad para la que se creó al terminar la consolidación fiscal.

Afecta sobre todo a grupos empresariales grandes y familiares con estructura de integradora e integradas, no a la empresa mediana aislada. Pero si la suya forma parte de uno, la fecha que más urge no es la de diciembre.

Es iniciativa. Diputados dictamina antes del veinte de octubre y puede cambiar.

¿Su empresa forma parte de un grupo bajo este régimen, y ya identificó cuánto ISR diferido tendría que pagar en marzo de dos mil veintisiete?

Esta sección tiene fines informativos y no constituye asesoría fiscal, legal ni contable. Cada caso debe analizarse conforme a la normativa vigente y a las circunstancias particulares de la empresa. Smythe & Asociados queda a sus órdenes para revisar su situación específica.

Segunda entrega de la Serie Paquete 2027. Si algo de esto toca a su empresa, escríbanos: lo revisamos con gusto.